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Procedimiento y trámite de peticiones, quejas y recursos

Si tienes algún inconveniente relacionado con la prestación del servicio puedes presentar una PQR.

Para este trámite no se necesita asesoría de un abogado, solo tienes que ir al centro de atención más cercano, luego diligenciar por escrito la petición queja o reclamo y para ello si quieres te facilitaremos un formato que contiene los aspectos mínimos que debe contener y radicarla en alguna de las ventanillas de atención al cliente. Si ya la llevas escrita esta debe contener como mínimo lo siguiente:

» Nombre de la empresa a la que se dirige

» Nombre, identificación y dirección de notificación del suscriptor y/o usuario

» Hechos en que se fundamenta la solicitud.

Si no quieres acercarte a un centro de atención, puedes radicar tu PQR de manera verbal por medio de nuestra línea de atención gratuita 018003000000 o desde tu móvil al * 300.

Si se trata de un reclamo de facturación debes presentarlo a más tar*dar el día hábil anterior al vencimiento del plazo para el pago oportuno de tu factura, para no exigirte el pago previo de los valores reclamados.

En Tigo estamos dispuestos a colaborarle a todos los usuarios en las diferentes reclamaciones que tengan, como por ejemplo facturación, prestación de servicio entre otras.

Una vez radiques la PQR se te entregará una constancia de haberla presentado y un código numérico con el cual podrás hacer seguimiento de lo que pasó con tu PQR. A partir de la fecha de radicación, nuestra empresa cuenta con 15 días hábiles para *dar respuesta.

Cuando pones una queja, petición o reclamo, pueden pasar tres cosas:

  1. Que contestemos  en forma positiva tu petición y se solucione de forma definitiva tu inconveniente.
  2. Que contestemos de forma negativa tu petición y con la respuesta que te demos no se solucione tu problema
  3. Que no te contestemos dentro del término de los quince (15) días legales. Si te llega a pasar esto, puedes solicitarnos el reconocimiento del silencio administrativo positivo, es decir que atendamos de manera favorable las peticiones indicadas en la PQR que no fue atendida dentro de los términos indicados. Si no lo hacemos puedes solicitar a la Superintendencia de Industria y Comercio que lo haga.

» Si te contestamos dentro del término legal, pero la respuesta no te satisface puedes objetarla ante nosotros mismos. Para este trámite sólo cuentas con cinco (5) días hábiles  partir de la fecha en la que recibiste la respuesta por parte nuestra.

» Esta objeción consiste en presentar ante nuestra empresa un escrito que se llama recurso de reposición o recurso de reposición en subsidio de apelación. En él manifiestas tu desacuerdo con nuestra respuesta y debes señalar los motivos de tu inconformidad y adjuntar las pruebas que tengas en tu poder para demostrar que tienes la razón con el fin de que revisemos nuestra decisión inicial, esto se conoce como recurso de reposición. Adicionalmente, puedes señalarnos en la misma carta que también haces uso del recurso de apelación, gracias al cual lograrás que sea la Superintendecia de Industria y Comercio quien tome la última palabra, si mantuvimos la misma posición inicial.

 

 

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