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19. Portabilidad Numérica Móvil

Texto: 

Lo que el usuario debe saber sobre Portabilidad Numérica:

Tigo, en su interés de continuar comunicándose con sus clientes de manera simple y transparente, preparó el “ABC de la Portabilidad”, lo que el usurario debe saber sobre este nuevo servicio que entra a regir a partir del 29 de julio de 2011.

Conoce la Resolución de Portabilidad 2355, descargala aquí.

El ABC de la portabilidad:

1. ¿Qué es la portabilidad numérica móvil?
La portabilidad numérica móvil es el servicio que permite a los usuarios de telefonía móvil, conservar sus números telefónicos existentes (MSISDN), cuando se cambian de un operador móvil a otro.


2. ¿Cuáles son los beneficios de la Portabilidad Numérica para los usuarios?
Con esta medida regulatoria, se propende porque los usuarios reciban mejores ofertas de los operadores de telefonía móvil, así como mejor calidad en el servicio y de esta manera dinamizar las condiciones de competencia en el mercado.


3. ¿Quiénes pueden acceder a la portabilidad numérica?
Pueden acceder todos los usuarios suscritos a cualquier plan prepago, cuenta-control o cuenta control del servicio móvil.


4. ¿Desde cuándo puedo portar mi número telefónico?
La Comisión de Regulación de Comunicaciones estableció que la entrada de la portabilidad numérica seria a partir del 29 de julio de 2011, por lo anterior los operadores móviles informarán por los medios de comunicación respectivos la forma y condiciones en que los usuarios podrán utilizar la portación en los términos de la regulación.


5. Es en todo el país?
Sí, es una medida de nivel nacional.


6. ¿Qué modalidades de servicio móvil abarca la portabilidad numérica?
Abarca el servicio de telefonía móvil celular (TMC), servicio de comunicaciones personales (PCS) y servicio de canales múltiples de selección automática (troncalizado).


7. ¿La portabilidad numérica se puede utilizar también para teléfonos fijos?
No, en Colombia el servicio es exclusivo para los números de telefonía móvil.


8. ¿Puedo portar mi número telefónico fijo para móvil?
No, la portabilidad sólo puede ser realizada entre operadores móviles (de un operador móvil a otro operador móvil).

9. ¿Cuáles son las empresas que estarán en posibilidades de aplicar la Portabilidad?
TIGO, Movistar, Comcel, Avantel y Uff Móvil.

10. ¿El número que porto incluye el código de cada operador?
Si, el número que se porta es el número de 10 dígitos con el cual se identifican los usuarios de telefonía móvil en Colombia.

Procedimiento (Pasos a seguir):

1. En caso decida cambiar de operador móvil, ¿dónde y ante quién presento mi solicitud de portabilidad?
En caso decida cambiar de operador móvil, la solicitud de portabilidad se presenta en los centros de atención o canales de venta de la empresa de telefonía móvil con la que desea contratar, llamado el operador receptor.

2. ¿Quién puede solicitar la portabilidad del número telefónico?
De acuerdo a la modalidad del plan del usuario en su operador actual (operador donante), la portabilidad puede ser solicitada por las siguientes personas:

 

¿Quién puede solicitar la portabilidad?

Modalidad Usuario Operador Donante

 

Prepago

Puede ser solicitada por quien se encuentra utilizando el servicio, sin importar que no sea el usuario titular del servicio móvil contratado.

Pospago / Cuenta Control

Debe ser solicitada por el usuario del servicio móvil contratado.  En caso de que el usuario no la pueda solicitar personalmente, puede hacerlo a través de un tercero al cual le debe generar un poder firmado y autenticado ante notario.

 

3. ¿Cuál será el costo para el usuario por ejercer el derecho a la portabilidad de su número telefónico?
El trámite para solicitar la portabilidad tiene un costo de $2.225 + IVA por cada número. Sin embargo el operador tendrá la libertad de cobrar este valor, uno menor, o ninguno. Así mismo, en caso de que lo decida o sea necesario, el usuario deberá asumir el costo por la adquisición de un nuevo equipo terminal que sea compatible con la red del operador al cual desea cambiarse.


4. ¿Cuál es el trámite a seguir y los requisitos que debo presentar?
Se debe presentar la solicitud de portabilidad ante el operador que se desea contratar (operador receptor), junto con la documentación correspondiente, que puede variar por cada tipo de usuario.



Persona Jurídica:

  • Razón social.
  • NIT
.
  • Tipo de abonado: P. Jurídica
.
  • Dirección física abonado.
  • 
Copia Certificado Cámara de Comercio (fecha expedición no mayor a 30 días).
  • 
Abonado Pospago: autorización del representante legal y copia del documento de identidad, en caso que la solicitud no sea presentada por él mismo.
  • 
Número(s) telefónico(s) asociado(s) a la portación solicitada.
  • 
Proveedor Donante.

Persona Natural.
  • Nombre completo.
  • 
Número documento identidad

  • Tipo de abonado: P. Natural
.
  • Dirección física abonado
.
  • Abonado Pospago: autorización del suscriptor del contrato de servicios de telecomunicaciones y copia del documento de identidad, en caso que la solicitud no sea presentada por él mismo.

  • Número(s) telefónico(s) asociado(s) a la portación solicitada.

  • Proveedor Donante.
  • 
NIP de Confirmación.

5. ¿Cuánto dura el trámite de portabilidad numérica?
El trámite dura como máximo cinco (5) días hábiles contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud de portabilidad. A partir del 01 de agosto de 2012 el plazo máximo será de tres (3) días hábiles.

Este plazo puede extenderse si el usuario solicita que la portabilidad se haga efectiva en una fecha específica, hasta 30 días calendario posterior a la fecha de la solicitud. Consulta el estado de tu portación
.

6. ¿Me quedaré sin servicio mientras dure el trámite de la portabilidad numérica?
El usuario que solicita la portabilidad siempre tendrá habilitado el servicio, salvo en el momento en que se produzca el cambio. Este período sin servicio durará como máximo 2 horas, entre las 0:00 hrs y las 6:00 hrs de la fecha programada para la ejecución de la portabilidad numérica.


7. ¿Cómo voy a saber que mi número ya fue portado a la nueva empresa?
La empresa operadora a la que el usuario se ha cambiado tiene la obligación de informarle la fecha y hora a partir de la cual podrá hacer uso de su servicio móvil. Consulta el estado de tu portación.

8. ¿La solicitud de portabilidad puede ser rechazada?
Sí, sólo en estos casos:

  • Tratándose de Pospago si el solicitante no es el suscriptor del contrato o la persona autorizada por este.
  • 
Si el número se encuentra reportado como extraviado o hurtado y no se haya realizado reposición.
  • 
Cuando el número haya sido desactivado por fraude.
  • 
Cuando el número a ser portado se encuentre suspendido por falta de pago, por terminación del contrato por falta de pago, o cuando existan obligaciones de pago exigibles, esto es, respecto de las cuales el plazo se encuentra efectivamente vencido a la fecha de presentación de la solicitud de portación.

  • En los demás casos que adicione la ley. 

El Operador Receptor deberá comunicar al usuario el rechazo de su solicitud de portabilidad mediante un mensaje de texto, indicando el motivo del rechazo.


9. ¿El usuario puede desistir del pedido de portabilidad?
Presentada la solicitud de portabilidad el usuario no puede desistir de este procedimiento.



10. ¿Puedo requerir una fecha especial para que se habilite la portabilidad de mi número móvil?
Sí. El usuario puede requerir que la portabilidad se haga efectiva en una fecha específica, hasta 30 días calendario posterior a la fecha de la solicitud.

Condiciones:

1. Cuando se accede a la portabilidad de un número telefónico, ¿Se mantienen todas las demás condiciones contratadas?
No, la portabilidad implica la terminación del contrato con el anterior operador (operador donante) y la suscripción de un nuevo contrato independiente de las condiciones anteriormente contratadas.

Se recomienda al usuario que, al momento de seleccionar una empresa operadora móvil y solicitar la portación de su número, evalúe los planes y/o servicios ofrecidos por la nueva empresa.


2. ¿Cómo voy a saber que mi número ya fue portado a la nueva empresa?
La empresa operadora a la que el abonado se ha cambiado tiene la obligación de informarle la fecha y hora a partir de la cual podrá hacer uso de su servicio móvil.  Esta comunicación se hará vía Mensaje de Texto (SMS) indicando la fecha y la hora en la cual el usuario podrá retirar la SIM de su operador antiguo (Donante) y debe insertar la SIM de su nuevo operador (Receptor).


3. Si cancelé mi servicio telefónico, ¿puedo solicitar la portabilidad del número que tenía asignado?
No.  Una vez terminado su contrato el número pasa nuevamente al operador asignatario y no puede ser portado.


4. ¿Debo pagar mi servicio actual antes de portar?

Para ejercer el derecho a portar su número, el usuario deberá al momento de efectuar la solicitud de portación haber pagado las obligaciones cuyo plazo se encuentre vencido o venza en la fecha de presentación de dicha solicitud. Lo anterior sin perjuicio de los demás cargos que se puedan generar hasta la activación de la ventana de cambio, o cualquier otra a su cargo de acuerdo con el contrato suscrito con el Proveedor Donante.


5. ¿Puedo portar mi número si mi actual operador suspendió mi servicio móvil?
No, si dicha suspensión ha sido originada por falta de pago.

6. ¿Puedo portar mi número teniendo un contrato con cláusula de permanencia con el operador que quiero dejar (donante)?
Sí, pero esto no lo exonera del pago de las obligaciones que se generen como consecuencia del incumplimiento de la cláusula, tanto por el servicio como por el equipo.


7. ¿Puedo portar mi número y usar el mismo equipo que uso con mi actual concesionario?
Solo en algunos casos. Si tu equipo tiene la misma tecnología que utiliza la empresa operadora a la que deseas cambiarte, y se encuentra desbloqueado, es decir sin restricciones de acceso a la red de otros operadores, podrás seguir usándolo.

Si el equipo se encuentra bloqueado.  Es obligación del operador donante, luego de la confirmación de aceptación de la solicitud de portación, realizar el desbloqueo del equipo terminal.


8. ¿Qué tipo de equipo debo tener para portar mi número telefónico?
La portabilidad del número telefónico es independiente del equipo. Si el equipo terminal es compatible con la red de su nuevo operador y no tiene restricciones de acceso a la red de otros operadores podrá utilizarlo, caso contrario, deberá adquirir un equipo terminal que sea compatible.

Si su equipo es compatible pero se encuentra con las bandas bloqueadas y recibe la confirmación de que su portabilidad fue aprobada, su operador donante está en la obligación de desbloquear el terminal para que lo pueda usar en la red del operador al que se portó (operador receptor).


9. ¿Existe algún impedimento para cambiar de esquema de contratación (prepago-postpago-control) cuando solicite la portabilidad?
No existe impedimento alguno para que el usuario pueda cambiar de modalidad de contratación cuando solicite la portabilidad. El usuario podrá contratar el plan que considere conveniente, es decir, un plan prepago, postpago o control, el mismo que es independiente del plan que tenía con su anterior concesionario, siempre y cuando cumpla con los requisitos de contratación; sin embargo el plan tarifario a ser contratado deberá encontrarse dentro de la actual oferta comercial de la nueva empresa operadora.


10. ¿El usuario puede solicitar la portabilidad a un operador con tecnología diferente?
Sí, pero tendrá que adquirir un equipo terminal compatible a la red del operador al que se quiera cambiar.


11. Si deseo solicitar la portabilidad numérica y mi equipo está bloqueado para otras redes, ¿Cómo solicito el desbloqueo?
Se debe acercar a su actual empresa operadora móvil y solicitar el desbloqueo de su equipo terminal, indicando que su solicitud de portabilidad ya fue aceptada.

Sin embargo, siempre el usuario puede solicitar la portabilidad numérica de su número telefónico adquiriendo un nuevo equipo terminal del concesionario con el que se desea cambiar, sin necesidad de solicitar el desbloqueo de su actual equipo.


12. ¿Puedo tener la garantía de que el procedimiento de la portabilidad de mi número móvil será expedito?
Si adjunta los documentos correspondientes, cumple con los requisitos para acceder al mismo y la información proporcionada por el usuario es veraz, las empresas operadoras móviles tienen la obligación de garantizar que su procedimiento de portabilidad numérica se ejecute dentro de los plazos acordados.


13. ¿Cómo debo terminar la relación comercial con mi actual operador móvil?
La terminación de la relación contractual con su actual operador móvil es parte del procedimiento de portabilidad y se hará efectiva cuando sea declarada la aceptación de la portabilidad de su número telefónico. El usuario no tendrá que realizar gestión alguna ante su anterior concesionario, salvo realizar los pagos que quedaron pendientes con el mismo.

Para Tener En Cuenta:

1. ¿Puedo portar mi número telefónico manteniendo mi plan tarifario actual?
No, porque se trata de una nueva relación contractual cuyo plan tarifario es independiente del anterior, tanto en tarifas como en características.


2. Si se solicita la portabilidad numérica, ¿Qué pasa con el chip? ¿Debo cambiarlo?
Sí, debe cambiarse por un nuevo chip proporcionado por su nuevo operador.


3. ¿Cómo serán cobrados los servicios utilizados por el usuario por la empresa operadora móvil que se está dejando?
A través de un recibo telefónico adicional por el tráfico adicional cursado y servicios prestados hasta la fecha de deshabilitación del número telefónico en su red y, de corresponder, las deudas generadas por el servicio de roaming y llamadas de larga distancia internacional.


4. Si soy usuario prepago, ¿puedo transferir el saldo de mi tarjeta cuando me cambie de empresa operadora móvil?
No. Cuando se cambie de concesionario estará iniciando una nueva relación contractual.


5. ¿Qué va a pasar con los servicios adicionales que el operador móvil (Donante) me estaba prestando?
La terminación de los servicios adicionales se hará efectiva a partir de la fecha en que se deshabilite el número telefónico en la red del operador móvil que se está dejando.

6. ¿Cómo le llegan las llamadas a un cliente que ha portado su número de una empresa operadora móvil a otra?
El usuario seguirá recibiendo sus llamadas como las recibía con la anterior empresa operadora móvil.


7. Si se desea solicitar la portabilidad numérica y tengo vigente una cláusula de permanencia, ¿Qué puedo hacer?, ¿Qué debo averiguar al respecto?
Debe averiguar cuál es la vigencia de la cláusula de permanencia y cuánto debe cancelar en caso de retirarse del operador actual.


8. ¿Qué debo hacer si deseo portar mi número a un operador que trabaja con diferentes redes o tecnologías: GSM, CDMA, TDMA?
Si desea portar su número telefónico con otra empresa operadora móvil en el momento de la contratación de su nuevo servicio deberá averiguar si su actual equipo es compatible con la red de la nueva empresa operadora móvil a la cual se desea cambiar, caso contrario deberá adquirir un equipo que sea compatible.


9. ¿Cuándo terminará mi actual servicio móvil?
Su actual servicio móvil terminará en la fecha de des habilitación del número telefónico en la red de su anterior concesionario prevista como parte del procedimiento de portabilidad.  Esto se dará en la ventana de mantenimiento prevista para que se des habilite el número en un período máximo de 2 horas, entre las 0:00 hrs y las 6:00 hrs de la fecha programada para la ejecución de la portabilidad numérica.


10. ¿Qué productos o servicio adicionales puedo transferir con la portabilidad de mi número telefónico?
No se pueden transferir productos adicionales con la portabilidad de su número telefónico. Es una nueva relación contractual a través de la cual contratará los servicios que requiera y que el nuevo operador móvil esté en condición de ofrecerle.


11. ¿Cómo se cobrarán las llamadas (off-net) que realice luego de activar el número en una nueva operadora?
Dependerá del plan tarifario y las condiciones que contrate a su nuevo concesionario.


12. ¿Si pierdo mi equipo terminal perderé el derecho respecto de mi número telefónico?
No. La portabilidad numérica es de su número telefónico. Por lo tanto si pierde el equipo terminal igual tiene el derecho a portar su número telefónico, siempre y cuando haya solicitado la reposición de la SIM.


13. ¿Quién va a vigilar que las empresas no abusen o engañen al usuario?
La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) supervisará cada una de las etapas del procedimiento de portabilidad numérica y verificará que no se abuse o engañe al usuario.

¿Qué Hacer Si…?

1. ¿Cómo se puede reclamar si el procedimiento no es realizado en el plazo establecido?
La Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) estará supervisando el cumplimiento de los plazos en cada una de las etapas del procedimiento de portabilidad.  Así mismo, si existen problemas con el procedimiento de portación, se debe generar una PQR ante el operador receptor, por los medios disponibles para ello.


2. Si se excede el tiempo de interrupción del servicio ¿Cómo reclamo y a quién?
Deberá reclamar ante el operador móvil seleccionado (operador receptor).

3. ¿Qué puedo hacer si no estoy de acuerdo con las obligaciones pendientes de pago con la empresa operadora móvil que estoy dejando?
Podrá presentar un reclamo ante dicho concesionario siguiendo el procedimiento establecido para los reclamos por facturación o cobro según sea el caso.


4. ¿Qué puedo hacer si rechazan mi solicitud de portabilidad?
Verificar los motivos del rechazo y si no está de acuerdo puede presentar un reclamo ante el operador que quiere dejar (operador donante).


5. ¿Cuánto tiempo tengo para presentar un reclamo por rechazo de solicitud de portabilidad?
No se establece un tiempo límite.  El reclamo se puede presentar en cualquier momento.


6. ¿Qué pasa si no se efectúa la portabilidad numérica, qué debo hacer?
El operador receptor está obligado a comunicar al usuario que su solicitud de portabilidad ha sido rechazada y deberá especificar la causa del rechazo. El usuario deberá evaluar la causa del rechazo y de no estar de acuerdo, podrá presentar un reclamo ante el operador que quiere dejar (Donante). En caso, de que por causas directamente atribuibles al operador receptor la portabilidad no se efectúe, ése deberá comunicárselo al usuario indicándole la causa y la fecha de programación de la portabilidad.


7. ¿Qué hago si no se acepta la solicitud de desbloqueo del equipo terminal?
El usuario podrá presentar un reclamo ante su actual empresa operadora móvil (operador donante).

Glosario PNM:

1. Administrador de la Base de Datos (ABD): Persona jurídica que tiene a su cargo la administración, gestión e integridad de la Base de Datos Administrativa, la mediación de los cambios de Proveedor de Servicios de Telecomunicaciones y la coordinación de la sincronía de la actualización de las Bases de Datos Operativas involucradas en la Portabilidad Numérica. 


2. All Call Query (ACQ): Esquema de enrutamiento en el que, previo al establecimiento de una comunicación, el proveedor que origina la misma debe consultar una base de datos operativa y obtener información que le permita enrutarla al proveedor destinatario.


3. Base de Datos Administrativa (BDA): Base de datos administrada por el ABD, que contiene como mínimo la información necesaria para el enrutamiento de comunicaciones hacia números portados, y que se actualiza de conformidad con el Proceso de Portación.


4. Base de Datos Operativa (BDO): Base de datos administrada por un determinado Proveedor de Servicios de Telecomunicaciones, que contiene la información necesaria para el enrutamiento de las comunicaciones hacia números portados, la cual es obtenida y actualizada desde la BDA.


5. Comité Técnico de Portabilidad (CTP): Instancia permanente de carácter consultivo integrada por todos los Proveedores de Redes y Servicios de Telecomunicaciones a los cuales se les ha asignado Numeración No Geográfica que estén obligados a implementar la Portabilidad Numérica, bajo la dirección de la CRC y con el acompañamiento del Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.


6. Día hábil: período comprendido entre las 8:00:00 a.m. y las 4:00:00 p.m. de los días lunes a viernes sin incluir festivos.


7. Fecha de Implementación de la Portabilidad Numérica: Fecha en la que será puesta en funcionamiento la portabilidad numérica como un servicio disponible a los Usuarios, según el cronograma de implementación descrito en el presente acto administrativo.


8. Número de Identificación Personal (NIP) de Confirmación: Es el número único asignado por el ABD que permite verificar la identidad del Usuario solicitante de la portación de su número.

9. Número No Geográfico: Número cuya estructura se asocia al conjunto de los números nacionales (significativos) conformados por indicativos nacionales de destino no asociados a regiones geográficas para uso de redes, telecomunicaciones personales universales (UPT) o servicios.


10. Numeración No Geográfica: Es el conjunto de los números nacionales (significativos) conformados por indicativos nacionales de destino no asociados a regiones geográficas para uso de redes, telecomunicaciones personales universales (UPT) o servicios.


11. Números Portados: Números que han sido sometidos al Proceso de Portación.


12. Onward Routing (OR): Esquema de enrutamiento mediante el cual el Proveedor que origina una llamada en su red siempre la enruta hacia la red del proveedor asignatario del número de destino, y en el caso que la llamada tenga como destino un abonado de una red diferente a la de dicho proveedor, éste último deberá realizar la consulta a la BDO para determinar la información de enrutamiento apropiada y encaminarla en forma directa hacia la red correcta de destino.


13. Portación múltiple: Trámite de portación que involucra un número plural de líneas asociadas a un único contrato de prestación de servicios de telecomunicaciones. Sólo se entenderá que hay portación múltiple cuando las condiciones de prestación del servicio contenidas en el contrato varíen por virtud de la portación de un número de líneas inferior al total de las líneas contratadas.


14. Portabilidad Numérica: Posibilidad del usuario de conservar su número telefónico sin deterioro de la calidad y confiabilidad, en el evento que cambie de Proveedor de Redes y Servicios de Telecomunicaciones.


15. Proceso de Portación: Conjunto de procedimientos que se adelantan con el fin de cambiar de Proveedor de Servicios de Telecomunicaciones conservando el número cuando el Usuario lo haya solicitado.


16. Proveedor Asignatario: Proveedor de Redes y Servicios de Telecomunicaciones al cual el Administrador del recurso de numeración le ha asignado un bloque o un conjunto de bloques específicos, de acuerdo con la estructura del Plan Nacional de Numeración.


17. Proveedor Donante: Proveedor de Redes y Servicios de Telecomunicaciones desde el cual es portado un determinado número como resultado del Proceso de Portación.


18. Proveedor Receptor: Proveedor de Servicios de Telecomunicaciones hacia el cual es portado un determinado número como resultado del Proceso de Portación.


19. Solicitud de Portación: Es la petición efectuada por el Usuario al Proveedor Receptor para portar el número, de acuerdo con el procedimiento definido para tal fin.


20. Usuario: Para efectos de la portabilidad numérica, es la persona natural o jurídica que se beneficia con la prestación de un servicio de telecomunicaciones, o con la cual se ha celebrado un contrato de prestación de servicios de telecomunicaciones.


21. Ventana de Cambio: Es el período durante el cual, con ocasión del Proceso de Portación del número, se desactiva el servicio en el Proveedor Donante y se activa en el Proveedor Receptor, y en el que el Usuario no posee servicio.

 

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